Las amenazas delante de los niños como agravante específico representan una de las formas más graves de violencia familiar, pues no solo afectan a la víctima directa sino que exponen a los menores a un daño psicológico considerable. Como abogado especializado en violencia de género, he visto cómo estas situaciones generan un doble impacto traumático que nuestro sistema judicial reconoce con especial severidad.
¿Qué implica el agravante de amenazar en presencia de menores?
Cuando un agresor profiere amenazas en presencia de hijos, el Código Penal español contempla un agravante específico que incrementa significativamente las penas. Esto se debe al reconocimiento del daño que supone para los niños presenciar actos violentos contra sus progenitores, generalmente la madre.
El artículo 173.2 del Código Penal establece penas más severas cuando los actos de violencia psicológica, como las amenazas, se producen:
- En presencia de menores
- Utilizando armas
- En el domicilio familiar
- Quebrantando una orden de protección
En mi experiencia como abogado especializado en violencia de género, he comprobado que los tribunales en toda España aplican este agravante con especial rigor, entendiendo la doble victimización que se produce.
Consecuencias jurídicas de la intimidación con menores presentes
Cuando se produce una situación de amenazas con niños presentes, las consecuencias legales se intensifican notablemente:
Incremento de penas
El tipo básico de amenazas en el ámbito de violencia de género (art. 171.4 CP) establece penas de prisión de seis meses a un año. Sin embargo, cuando concurre la agravante de realizarse en presencia de menores, la pena se impone en su mitad superior, pudiendo alcanzar el año de prisión.
Medidas de protección reforzadas
Los jueces tienden a adoptar medidas cautelares más intensas cuando hay intimidación frente a menores, incluyendo:
- Órdenes de alejamiento con perímetros más amplios
- Prohibición de comunicación extendida a cualquier medio
- Suspensión del régimen de visitas con los hijos
- Posible suspensión de la patria potestad
Impacto psicológico de las amenazas presenciadas por niños
El daño que produce en los menores presenciar amenazas contra su madre está ampliamente documentado. Los niños expuestos a este tipo de violencia pueden desarrollar:
- Trastornos de ansiedad y depresión
- Problemas de conducta y aprendizaje
- Normalización de patrones violentos
- Estrés postraumático
Desde mi experiencia en casos de intimidación con menores presentes, siempre recomiendo solicitar atención psicológica especializada para los niños que han sido testigos de estos episodios, independientemente del proceso penal.
Reconocimiento como víctimas directas
La Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia reconoce expresamente a los menores que presencian violencia de género como víctimas directas, no solo como testigos. Esto ha supuesto un avance fundamental en su protección.
Cómo actuar ante amenazas realizadas frente a hijos menores
Si has sufrido amenazas delante de tus hijos, es crucial seguir estos pasos:
- Denunciar inmediatamente, especificando la presencia de los menores durante las amenazas
- Solicitar una orden de protección que incluya también a los niños
- Preservar pruebas: mensajes, grabaciones (si son legales), testimonios
- Buscar apoyo psicológico tanto para ti como para tus hijos
¿Sabes que puedes solicitar medidas civiles dentro de la orden de protección? Esto incluye la atribución provisional de la vivienda, la custodia de los hijos y la suspensión del régimen de visitas del agresor.
Jurisprudencia sobre el agravante de amenazar con menores presentes
Los tribunales españoles han consolidado una línea jurisprudencial clara respecto a la intimidación en presencia de niños como circunstancia agravante. La Sentencia del Tribunal Supremo 188/2018, de 18 de abril, establece que «la presencia de los menores durante la ejecución de actos de violencia de género supone un plus de antijuridicidad, al afectar negativamente al desarrollo de la personalidad de los menores que presencian la violencia».
Igualmente relevante es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid 742/2020, de 28 de septiembre, que considera que «no es necesario que los menores comprendan plenamente lo que ocurre para que se aplique el agravante, basta con que perciban la situación de violencia».
Preguntas frecuentes sobre amenazas delante de niños como agravante
¿Es necesario que los niños entiendan las amenazas para que se aplique el agravante?
No. La jurisprudencia ha establecido que no es necesario que los menores comprendan el contenido exacto de las amenazas. Lo relevante es que perciban la situación de violencia, el tono agresivo o la reacción de miedo en la víctima. El daño psicológico se produce por la exposición al clima de violencia, independientemente de su comprensión total.
¿Qué ocurre si las amenazas se realizaron por teléfono con los niños escuchando?
También se aplica el agravante. Los tribunales consideran que lo determinante es que los menores perciban la situación violenta, ya sea presencialmente o a través de una llamada telefónica donde pueden escuchar las amenazas o percibir el miedo en su madre.
¿Pueden los niños declarar como testigos en estos casos?
Aunque legalmente es posible, se intenta evitar la declaración directa de los menores para no revictimizarlos. En su lugar, se utilizan informes periciales psicológicos y declaraciones grabadas en condiciones especiales (prueba preconstituida). La Ley 4/2015 del Estatuto de la Víctima del Delito refuerza estas medidas de protección.
Conclusión: Protección integral frente a la violencia presenciada por menores
Las amenazas realizadas delante de niños constituyen una forma especialmente grave de violencia que nuestro ordenamiento jurídico sanciona con mayor severidad. Si estás viviendo esta situación, no estás sola. El sistema judicial reconoce tanto tu sufrimiento como el de tus hijos y dispone de mecanismos específicos de protección.
Como abogado especializado en violencia de género, te recomiendo buscar asesoramiento legal inmediato para activar todos los mecanismos de protección disponibles. Recuerda que existen recursos gratuitos como el 016 (atención a víctimas de violencia de género) y servicios especializados en atención psicológica para menores expuestos a violencia. Tu seguridad y la de tus hijos es lo primero.


